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¿Qué derechos y qué obligaciones tengo como autónoma?

Tienes derecho a una prestación por baja, en caso de enfermedad y a la prestación de cese de actividad si decides terminar con tu trabajo como autónoma.

Ambas se tramitan en la mutua que hayas escogido cuando te diste de alta como autónoma (Fremap, Asepeyo, etc.).


Esta prestación es un porcentaje de la base de cotización:

  • 60 % en caso de enfermedad común o accidente no laboral, desde el día 4 al 20 de la baja y del 75 % a partir del día 21.

  • 75 % en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

  • 70 % en el caso de cese de actividad

Tus obligaciones como autónoma frente a hacienda son las relativas a la presentación de tus impuestos (trimestrales de IRPF y anual en junio, y trimestrales de IVA y anual en enero) y frente a Seguridad Social el pago de tu cuota de autónoma del RETA.


A nivel contable, estás obligada a llevar un control de tus facturas de ingresos, gastos y bienes de inversión. Te puede valer una hoja de calculo, con una pestaña de ingresos, otra de gastos y otra de bienes de inversión.


En esta web puedes conseguir varios modelos de documentos esenciales para autónomos

 

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